RECLAMACIONES ADMINISTRATIVAS

Derecho Administrativo y Responsabilidad Patrimonial

Defensa jurídica integral ante Ayuntamientos, CCAA y Organismos Estatales.

Pregunta por tu caso

Áreas de Especialización

Siniestralidad Vial

Daños materiales en vehículos por deficiencias en infraestructura vial (socavones, señalización).

Daños Personales

Caídas en vía pública o accidentes por omisión del deber de conservación urbana.

Funcionamiento Anormal

Resarcimiento por prestación deficiente de servicios públicos o resoluciones lesivas.

Defensa ante Entidades

Interposición de recursos y reclamaciones ante Ayuntamientos, CCAA y Organismos Estatales.

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Actividad Reciente

Sobre Mí

Francisco José Pastor Abellán | Colegiado ICAMUR 8138.

Mi trayectoria profesional se distingue por una dilatada experiencia en la dirección de reclamaciones contra Ayuntamientos y Comunidades Autónomas. Mi paso como letrado en una correduría de seguros de alto nivel me ha permitido dominar la defensa técnica desde la perspectiva de la gerencia de riesgos.

He gestionado con éxito expedientes complejos en geografías estratégicas como el Levante, Islas Baleares y Castilla y León, ofreciendo un asesoramiento diferencial.

Preguntas Frecuentes

¿Es obligatorio ir a juicio directamente?
No. Primero se debe agotar la vía administrativa. Presentamos la reclamación formal ante el organismo responsable para intentar resolver el conflicto. Solo si la resolución es negativa o no hay respuesta, acudimos a los tribunales.
¿Cuál es el plazo para reclamar?
El plazo es de un año desde que se produjo el hecho o desde que se determinó el alcance de las secuelas (en caso de daños físicos o curación). Es un plazo de prescripción estricto que no debe superarse.
¿Qué documentación necesito?
Es vital aportar atestado policial o de guardia urbana, fotografías nítidas del lugar y del desperfecto, facturas originales e informes médicos detallados que vinculen la lesión con el suceso.
¿Qué ocurre si no me contestan?
Se produce el silencio administrativo negativo. Pasado el plazo legal fijado (generalmente 6 meses), el derecho nos faculta para entender la reclamación como desestimada y abrir la puerta al recurso contencioso.

Sede Profesional

C. Tte. Gral. Gutiérrez Mellado, 9

30008 Murcia

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